Conocer la realidad para transformar

Tal y como anunciamos hace una semana hoy martes lanzamos la segunda imagen de la campaña “Conocer es transformar” del proyecto #TambienEsTrata que quiere promover la protección de las víctimas de trata de personas para todos los fines de explotación, en este caso para matrimonios forzados.

Se trata de una iniciativa enmarcada en la conmemoración del Día Europeo contra la trata, el próximo 18 de octubre, y bajo ese marco, SICAR cat y Proyecto ESPERANZA trabajan conjuntamente para visibilizar aquellas formas de trata de mujeres que permanecen ocultas en nuestro país. Entre ellas, la trata con fines de explotación en el empleo del hogar, la trata para criminalidad forzada y para matrimonios forzados.

Este proyecto se centra en la trata de personas con tres finalidades de explotación que, desde nuestra experiencia práctica, proporcionando asistencia integral a mujeres víctimas de trata de seres humanos en los últimos 20 años, son una realidad poco conocida, entendida y abordada:

  1. La trata con finalidad de explotación laboral (trabajos o servicios forzados) en el empleo del hogar,
  2. La trata con finalidad de explotación para realizar actividades delictivas,
  3. La trata para la celebración de matrimonios forzados.

Todas estas finalidades de explotación del delito de trata están recogidas en el ordenamiento jurídico español (artículo 177 bis del Código Penal). Además, el Estado español ha ratificado los principales instrumentos en el marco del trabajo forzoso, especialmente el Protocolo del Convenio sobre el trabajo forzoso de 2014, que implica la adquisición de nuevos compromisos por parte del Estado. Es pues, hora de adoptar un marco normativo de lucha contra la trata que se caracterice por su enfoque integral y holístico que abarque todas las finalidades de explotación que tiene la trata de personas y que, por tanto, asegure el acceso a derecho de todas las víctimas de este grave delito.

Matrimonios Forzados, una realidad en nuestro país

Hoy nuestro foco de atención se centra en conocer la trata con fines de explotación para la celebración de matrimonios forzados a través del testimonio de Naima y Malika, porque eso #TambienEsTrata.

En España, el delito específico de matrimonio forzado aparece recogido en el Código Penal como un delito contra la libertad en el artículo 172 bis.1, el cual sanciona al que: “con intimidación grave o violencia compeliere a otra persona a contraer matrimonio será castigado con una pena de prisión de seis meses a tres años y seis meses o con multa de doce a veinticuatro meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados”. En Cataluña, la Ley 5/2008 establece que los matrimonios forzados son una manifestación de la violencia machista en el ámbito socio comunitario, y define matrimonio forzado como “la unión de dos personas en la que, al menos una de ellas (generalmente la mujer), no ha otorgado su pleno y libre consentimiento, sino que ha sido presionada físicamente, sexualmente, emocionalmente y / o psicológicamente por su familia y su entorno de referencia”.

La trata de seres humanos para la celebración de matrimonios forzados no se incluyó originariamente como uno de los fines de explotación de la trata en el Protocolo de Palermo. Sin embargo, el concepto de trata se ha ido ampliando desde el año 2000 para dar respuesta a otras finalidades de explotación, como por ejemplo, los matrimonios forzados. Así, esta finalidad de explotación se ha incorporado a sucesivos instrumentos, como la Directiva 2011/36/UE. Precisamente, para transponer esta Directiva la trata para la celebración de matrimonios forzados se incluyó como delito en la modificación del artículo 177 bis del Código Penal de 2015, que castiga la trata de seres humanos cuya finalidad es la celebración de matrimonios forzados.

Los elementos que definen esta finalidad de la trata son:

  • la existencia de una de las acciones de la trata (la utilización de captación, transporte, traslado acogida o recepción de una persona),
  • utilizando algún medio ilícito como, por ejemplo, engaño, amenazas, intimidación, coacción, rapto o uso de violencia
  • con la finalidad de someter a la persona a contraer matrimonio en contra de su voluntad.

La voz de las supervivientes

Naima (18 años) y Malika (20 años) son hermanas, de nacionalidad española y de origen marroquí. Vivían en España con sus padres pero hace unos años toda la familia trasladó su residencia a Inglaterra. Durante su estancia allí tejieron su red de amistades y conocieron a dos chicos con los que iniciaron una relación. Tras un tiempo en Inglaterra, el padre organiza un viaje a Marruecos para, supuestamente, pasar allí las vacaciones.

…[]…Una vez en Marruecos, el padre de Naima y Malika, les retira el pasaporte y los teléfonos móviles, y les dice que tienen que contraer matrimonio con unos primos suyos. Para asegurarse de que no van a huir las encierra en la casa y controla todos sus movimientos. Los pasaportes son custodiados por él todo el tiempo.

…[]…Naima y Malika, a través de un teléfono móvil que tenían escondido, consiguen ponerse en contacto con una buena amiga del trabajo de Malika en España, le explican la situación y piden ayuda para escapar.

…[]…Finalmente, el matrimonio impuesto por el padre no llega a celebrarse y Naima y Malika consiguen escapar y viajar a Inglaterra.

Descarga el caso completo de Naima y Malika en (PDF)

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