Año: 2020

Tipo: Incidencia política. Informes.

Aportaciones de Adoratrices al anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual

Desde la entidad de Adoratrices consideramos muy positivamente que, de acuerdo con las obligaciones internacionales contraídas por España en los últimos años, el Gobierno haya dado el paso de afrontar otras formas de violencia de género más allá de la violencia de género en el ámbito de la pareja o ex-pareja que hasta ahora estaban desatendidas.

Sin embargo, nos preocupa que finalmente la decisión adoptada por parte del Gobierno y materializada en el Anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual haya sido la de centrarse exclusivamente en la violencia sexual y no en un enfoque amplio de Violencia de Género. En este sentido consideramos que la Trata Sexual, el Matrimonio Forzado y la Mutilación Genital Femenina no son únicamente manifestaciones de la violencia sexual, sino que abarcan además otras dimensiones que van más allá y no están recogidas en el Anteproyecto de Ley.

Destacamos de forma muy positiva el enfoque integral adoptado en el Anteproyecto y que abarca la prevención, la sensibilización y la formación de profesionales, así como la atención a las víctimas, la promoción de su autonomía económica, el acceso a la vivienda, y el acceso a la justicia y a la reparación. Así como la incorporación de un enfoque interseccional que ayude a prevenir y evitar la discriminación por motivo de aspectos tales como la edad, la clase social, la nacionalidad, la etnia, la identidad de género, el estado de salud, la lengua, las opiniones políticas o cualquier otra opinión, la discapacidad, el estatus de persona migrante, la situación administrativa de residencia u otras circunstancias que implican posiciones más desventajosas de determinados sectores de mujeres para el ejercicio efectivo de sus derechos.

También resaltamos el acierto que supone el establecimiento de un sistema de acreditación de estas formas de violencia, contemplando como títulos habilitantes, además, de la orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencias sexuales, los informes de los servicios sociales, de los servicios especializados, de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencias sexuales de la Administración Pública competentes, de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, en los casos objeto de actuación inspectora.

Asimismo, consideramos muy positivo que se garantice el acceso a los derechos del Título IV a todas las víctimas de violencias sexuales, sin discriminación alguna por motivo de su situación administrativa. Nos preocupa, sin embargo, que en relación a las mujeres extranjeras en situación irregular víctimas de cualquiera de las violencias sexuales el Anteproyecto de Ley sólo prevea la posibilidad de concederles un permiso de residencia en base a un proceso penal, y no incorpore el derecho que se prevé para las víctimas de trata en el artículo 59 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, según el cual éstas pueden acceder a permisos de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales, provisionales y permanentes, por una doble vía, en base a su situación personal, o en base a su colaboración con las autoridades policiales y/o judiciales. Este derecho debería, en el marco de esta ley, hacerse extensivo a todas las víctimas de violencia sexual que se encuentren en situación irregular.

Foco en la violencia sexual y no en un enfoque amplio de Violencia de Género

Nos preocupa que finalmente la decisión adoptada por parte del Gobierno y materializada en el Anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual haya sido la de centrarse exclusivamente en la violencia sexual y no en un enfoque amplio de Violencia de Género. En este sentido consideramos que la Trata Sexual, el Matrimonio Forzado y la Mutilación Genital Femenina no son únicamente manifestaciones de la violencia sexual, sino que abarcan además otras dimensiones que van más allá y no están recogidas en el Anteproyecto de Ley.

Adoratrices

Aspectos positivos

Destacamos de forma muy positiva el enfoque integral adoptado en el Anteproyecto y que abarca la prevención, la sensibilización y la formación de profesionales, así como la atención a las víctimas, la promoción de su autonomía económica, el acceso a la vivienda, y el acceso a la justicia y a la reparación. Así como la incorporación de un enfoque interseccional que ayude a prevenir y evitar la discriminación por motivo de aspectos tales como la edad, la clase social, la nacionalidad, la etnia, la identidad de género, el estado de salud, la lengua, las opiniones políticas o cualquier otra opinión, la discapacidad, el estatus de persona migrante, la situación administrativa de residencia u otras circunstancias que implican posiciones más desventajosas de determinados sectores de mujeres para el ejercicio efectivo de sus derechos.

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