Plan Estratégico Nacional contra la Trata y la Explotación de Seres Humanos (PENTRA). 2021-2023
Reunión Institucional de la Relatoría Nacional contra la Trata de Seres humanos 12 de enero de 2022
El trabajo para la elaboración del Plan Estratégico Nacional contra la Trata y la Explotación de Seres Humanos (PENTRA) comenzó en el año 2019, tras la aprobación de la Estrategia Nacional contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave 2019-2023. Dicha estrategia contempla como una de sus prioridades la lucha contra la trata de seres humanos e incluye distintas líneas de acción en esta materia: el refuerzo y mejora de la protección y asistencia a las víctimas, la prevención y persecución del delito, así como la necesaria cooperación y coordinación interinstitucional a nivel nacional e internacional.
A finales del año 2019, el grupo de trabajo, integrado por distintos ministerios, la Fiscalía de Extranjería y el Consejo General del Poder Judicial, aprobó un primer borrador del Plan, pero el proceso de trabajo fue interrumpido en la primera mitad del 2020, como consecuencia de la pandemia del COVID. La tarea se retomó en octubre del 2020, compartiendo el borrador del Plan con diferentes interlocutores, entre ellos con la Red Española contra la Trata de Personas (RECTP). A finales de 2020, la Red trasladó a la relatoría numerosas aportaciones al borrador del PENTRA, incidiendo principalmente en los siguientes puntos:
- Necesidad reforzar las medidas dirigidas tanto a víctimas de trata, como a víctimas de explotación de seres humanos, en coherencia con el título del Plan, que se refiere a ambas realidades.
- Necesidad de implementar en el plan un enfoque de infancia y adolescencia
- Importancia de que el Plan contara con mecanismos efectivos de seguimiento y evaluación, así como con un presupuesto específico destinado a poner en práctica sus medidas.
- Conveniencia de estudiar la reforma del sistema de identificación de víctimas a través de un verdadero mecanismo nacional de derivación.
- Visibilizar y abordar todas las finalidades de la trata, entre ellas también la trata en el marco de la pornografía, servidumbre sexual, gestación subrogada, matrimonios forzados, etc.
- Necesidad de prestar especial atención a las situaciones de trata en el marco del procedimiento de protección internacional.
A lo largo del año 2021, el grupo de trabajo, y especialmente el punto focal de la Relatoría contra la Trata del CITCO, han trabajado en la valoración de las aportaciones realizadas y en el texto final del Plan.
El PENTRA ha sido finalmente aprobado por el Consejo de Seguridad Nacional en el mes de noviembre de 2021. El texto final fue compartido por la Relatoría con la RECTP en la reunión bilateral mantenida en el mes de diciembre de 2021.
Hoy, 12 de enero de 2022 el PENTRA ha sido presentado oficialmente en la reunión institucional que mantiene con carácter bianual la Relatoría Nacional con la representación de todos los ministerios implicados en la lucha contra la trata, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la Fiscalía de Sala de Extranjería y Trata, el Consejo General del Poder Judicial y la Sociedad Civil, representada a través de la RECTP. Al comienzo de la reunión ha estado presente el Secretario de Estado de Seguridad para agradecer a todos los organismos y a la Sociedad Civil su trabajo e implicación en la elaboración del texto.
A lo largo de 2021 nuestra prioridad con relación al PENTRA ha sido hacer seguimiento del documento hasta su aprobación. Entre los logros de incidencia con relación al texto final que ha sido aprobado podemos trazar la inclusión de algunas de las aportaciones específicas hechas por el Proyecto Esperanza:
- En el apartado 3, relativo al objetivo general y los principios inspiradores, se recoge literalmente nuestra propuesta con relación a: “Adecuar la atención ante situaciones de vulnerabilidad contemplando los factores de vulnerabilidad intrínsecos a la víctima (edad, género discapacidad, problemas de salud, raza, orientación sexual etc.), los factores que dependen de su contexto social, económico y político (incluida la vulnerabilidad por razones de persecución en el país de origen) y factores de vulnerabilidad generados por los propios tratantes (aislamiento, violencia, control, etc.), con el objetivo de prestar una asistencia adecuada e individualizada, en función de las circunstancias concretas de las víctimas, reforzando y adaptando los mecanismos existentes, con el fin de evitar la re victimización de las personas objeto de protección.
- En el resumen ejecutivo se recoge, en línea con nuestra propuesta de “reforzar la idea de detección temprana y proactiva”, una alusión específica al respecto.
- Con relación a nuestra propuesta de “añadir medidas específicas de fortalecimiento de identificación en fronteras, CIE, prisiones, centros de menores, así como mejorar la identificación entre personas especialmente vulnerables; migrantes, solicitantes de asilo y menores de edad”, se ha incorporado en el texto final una alusión expresa a la detección de indicios en llegadas marítimas de menores de edad acompañados cuya filiación no puede ser probada y una indicación con relación a la necesidad de promover la compatibilidad de las medidas de protección del sistema de protección internacional y las específicas para víctimas de trata.
- Incidíamos en la importancia de introducir mejoras concretas para establecer un auténtico Mecanismo Nacional de Derivación. La medida 2.3.A incorpora: Articular un Mecanismo Nacional de Derivación que dé respuesta de forma coordinada a las víctimas de cualquiera de las finalidades de la trata de personas.
Asimismo, destacamos la inclusión en el texto final de algunas de las recomendaciones realizadas por la RECTP:
- Alusión a que resulta esencial la adopción de una ley integral para la protección de las víctimas que contemple todas las finalidades de la trata y que cubra a todas las víctimas (Resumen ejecutivo apartado B. y Línea de Acción 2.1. Promover una Ley Integral de prevención y lucha contra la trata de seres humanos).
- Incorporación de menciones específicas (medida 2.4.A.), relativa a la necesidad de mejorar la asistencia, apoyo y protección de las víctimas, atendiendo a sus circunstancias y características personales, entre ellas, la atención víctimas de trata solicitantes de asilo y/o personas refugiadas.
- Respecto al papel de la sociedad civil, el texto final incluye, en línea con las aportaciones de la RECTP tres medidas más: 4.3.C; 4.3.D y 4.3E.
- Con relación al seguimiento y evaluación del PENTRA, desde la RECTP pedíamos formar parte del grupo de trabajo encargado de elaborar los informes de seguimiento y evaluación. Esto no ha sido incluido, pero sí se ha recogido que el grupo de trabajo permanente llevará a cabo sus funciones en consulta periódica con las organizaciones de la sociedad civil. También está pendiente la elaboración de indicadores claros de seguimiento para poder valorar objetivamente el grado del cumplimiento del plan.
Finalmente, desde la RECTP hemos trasladado a la Relatoría Nacional que nos preocupa que el Plan sólo va a disponer de dos años de plazo (2022/2023) para su implementación, debido a su aprobación en noviembre de 2021. Consideramos que este plazo es insuficiente, pero aun así su aprobación es un paso muy importante. Por otro lado, el Plan ha sido aprobado sin una dotación presupuestaria específica, por lo que los diferentes organismos tendrán que hacer frente a su desarrollo dentro de las partidas presupuestarias que tienen ya asignadas.